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Por favor, consulta más abajo nuestras tarifas y condiciones de contratación y si estás de acuerdo, rellena los datos que a continuación te solicitaremos.
Acto seguido, envíanos la documentación de tu deuda a info@servicobro.com. A partir de aquí, trataremos confidencialmente la información que nos proporciones, conforme a la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales.
Nuestro proceso de contratación es sencillo, seguramente habrás visto en otras ocasiones, contratos llenos de cláusulas cuya complejidad e interpretación te hacían dudar, o que previamente te solicitaban tus datos personales para informarte. Nosotros hemos eliminado todo lo superfluo y los tecnicismos, para ponertelo fácil y claro.
Te confirmaremos por email la validez del proceso, así como la recepción óptima de los documentos aportados y la aceptación de tu expediente.
PRIMERA. Con la información que nos proporciones sobre la deuda, Servicobro abrirá el oportuno expediente de reclamación y daremos inicio a la gestión de cobro, procediendo a contactar con el deudor.
SEGUNDA. El coste de tramitación de cada expediente de gestión de cobro (reembolsable a la finalización), asciende a:
1 Expte |
+ Vía extrajudicial |
+Vía judicial 1 Monitorio* |
175€+IVAv |
reembolsable |
|
5 Exptes. |
+ Vía extrajudicial |
+ Vía judicial 1 Monitorio* |
145€+IVAv |
SI |
c/u |
10 Exptes. |
+ Vía extrajudicial |
+Vía judicial 3 Monitorios* |
120€+IVAv |
SI |
c/u |
25 Exptes. |
+Vía extrajudicial |
+Vía judicial 5 Monitorios* |
98€+IVAv |
SI |
c/u |
50 Exptes. |
+Vía extrajudicial |
+Vía judicial 8 Monitorios* |
75€+IVAv |
SI |
c/u |
* El procedimiento Monitorio, no incluye tasa judicial, ni ejecución.
(v) Reembolsable
¿Por qué el coste de tramitación?, porque en Servicobro, incluimos investigación de solvencia y patrimonio sobre los deudores, y esa información no la obtenemos de manera gratuita, debemos abonar los costes de los registros de la propiedad, mercantil, tasas de tráfico, etc...para mayor conocimiento de la situación patrimonial y económica del deudor, además, remitimos comunicaciones certificadas, para dejar constancia de la reclamación previa a la posible via judicial. Nuestro expediente incluye entre otros, los servicios que te indicamos a continuación:
( v ) Finalizada la gestión de cobro, como consecuencia de la recuperacion de la deuda, se reembolsará el importe cobrado en concepto de tramitación de expediente. En los expedientes que se haga uso del monitorio, no se aplica.
*Deudas de pequeño importe (Hasta 1.500 €): Opcionalmente, puedes contratar nuestros servicios de gestión de cobro a un precio mas ajustado (59,00 € + IVA) si tienes solo una deuda y la misma es inferior a 1.500 €, prescindiendo de parte de la tramitación del expediente (no se aconseja en caso de paradero desconocido del deudor). El expediente incluye:
*Cuando se contrate un expediente de reclamación y este se encuentre en vía judicial, o con diligencias policiales, el coste de tramitación ascenderá a 550,00 €+IVA. Incluye análisis e investigación de intervinientes, supervisión del procedimiento y enlace con nuestro expediente de gestión de cobro.
HONORARIOS: Como has podido leer anteriormente, el coste de tramitación cubre solamente el trabajo administrativo de la gestión de cobro. Ahora bien, nuestros honorarios no estan incluidos y van ligados al éxito de nuestra gestión y al importe final que percibas, o al beneficio que te proporcionemos a través de nuestras gestiones, tanto en vía amistosa como judicial y se aplicarán según corresponda al importe de la deuda recuperada, conforme te indicamos:
IMPORTE RECUPERADO |
PORCENTAJE |
0,00 € hasta 20.000 € |
20% |
20.001 € a 50.000 € |
15% |
50.001€ a 100.000 €
|
10% |
Más de 100.000 € |
A negociar |
*Ejemplo. Para una deuda de 24.000€, se facturaría el 20% para los primeros 20.000 € recuperados y el 15% para los 4.000€ restantes.
*IMPORTANTE:
La ley 03/2004 de medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, permite repercutir contra el deudor, los gastos soportados durante la gestión de cobro.
Finalizada la gestión de cobro, certificaremos a petición del cliente, la intervención de nuestra firma en la gestión de cobro y los gastos devengados, para su posterior reclamación al deudor.
TERCERA. Una vez pongas en marcha la gestión de cobro, debes tener claro, que no conviene realizar por tu parte gestión alguna sobre el expediente, ni mantener negociaciones con el deudor, aún así, si este contactase contigo para abonar la cantidad reclamada, deberás ponerlo en conocimiento de Servicobro en el plazo de 72 HORAS para que paralicemos el expediente, debiendo abonar posteriormente, los honorarios pactados en la cláusula anterior.
La paralización y/o retirada de un expediente cuya gestión de cobro ya esté iniciada, conllevará el abono por parte del cliente, de los honorarios indicados en la cláusula anterior.
CUARTA. En el caso de que desees aceptar el pago de la deuda mediante bienes (sí, aunque no te lo creas, también cobramos con bienes), el importe de nuestros honorarios, se aplicará al valor real de los bienes, una vez efectuada tasación de los mismos.
QUINTA. La duración de este contrato, se establece por un periodo de 12 meses, renovándose automáticamente en caso de no mediar aviso por ninguna de las partes, o en el caso de existir acuerdo de pago en vigor con el deudor. No te preocupes, es solo una formalidad, por ley, todos los contratos tienen que tener una duración, pero si decides dejar de trabajar con nosotros antes, no hay problema (aunque esperamos que eso no ocurra, hasta que recuperes tu dinero).
SEXTA. Cuando se recupere tu deuda, se emitirá nuestra factura de honorarios, y transferencia bancaria por el saldo a tu favor.
A los honorarios de Servicobro, se añadirá el IVA que este vigente en cada momento por el ministerio de Hacienda de España.
SEPTIMA.En Servicobro, nos comprometemos a gestionar de forma amistosa el asunto que nos entregues y agotada la vía amistosa sin obtener resultado favorable, te consultaremos por si quieres iniciar también la vía judicial.
OCTAVA. Te hacemos constar, que siempre que haya que legalizar documentos, inscribir embargos, liquidar impuestos, etc... los gastos que ello conlleve, deberás adelantarlos tú, aunque luego los mismos se puedan repercutir al deudor.
NOVENA. Tal como habíamos comentado antes, puedes poner fin al contrato cuando quieras, lo único que debes tener claro, es que ello conllevará el pago de los honorarios que hasta esa fecha nos puedas adeudar en relación a cobros realizados por tu parte, o porque exista un acuerdo de pago con el deudor y del que te vayas a encargar tú en adelante.
Las partes nos manifestamos conformes con las condiciones generales de contratación, en virtud de la ley *34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
Zaragoza, Diciembre 2024
Eso es todo, así de sencillo es trabajar con Servicobro.
Te damos la bienvenida y esperamos quedes satisfecho/a con nuestros servicios. Añadenos a tu WhatsApp o Telegram y ten siempre a mano nuestro número, para cuando nos necesites 665 04 34 90.
Ahora solo falta que nos mandes cuando te venga bien, la documentación de la deuda por correo electrónico a info@servicobro.com.
Y si quieres saber mas sobre nuestra gestión de cobro y lo que haremos en adelante, visita ¿Y SI NO PAGO MI DEUDA? Vea las complicaciones +100 (servicobro.com)
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