1º) Por favor, lee más abajo nuestras condiciones de contratación y *comprueba como puede salirte gratis la gestión de cobro. Si estás de acuerdo, rellena los datos que a continuación te solicitaremos.
2º) Acto seguido, envíanos la documentación de tu deuda a info@servicobro.com.
Te confirmaremos la validez del proceso, así como la recepción óptima de los documentos aportados y la aceptación de tu expediente.
PRIMERA. Con la información que nos proporciones sobre la deuda, (facturas, albaranes, contratos, etc...) Servicobro abrirá el oportuno expediente de reclamación, verificaremos la deuda, e iniciaremos la investigación sobre el deudor, procediendo a requerirle el pago.
Los expedientes que hayan sido tramitados anteriormente por otras empresas de cobro o bufetes de abogados, quedarán pendientes de aceptación, hasta que se determine su viabilidad.
SEGUNDA. El coste de tramitación de cada expediente de gestión de cobro, mediante contratación en la misma fecha (no acumulativa), asciende a:
* No incluye tasa judicial, ni ejecución u oposición.
Cuando un expediente ya venga con sentencia judicial, el coste de tramitación ascenderá a 500,00 €+IVA. Incluye supervisión del procedimiento judicial y enlace de nuestro expediente de gestión de cobro, con la ejecución.
¿Por qué el coste de tramitación?, porque en Servicobro incluimos investigación de solvencia y patrimonio sobre los deudores, y esa información no la obtenemos de manera gratuita, debemos abonar los costes de los registros de la propiedad, mercantil, tasas de tráfico, etc...para mayor conocimiento de la situación patrimonial y económica del deudor, además, remitimos comunicaciones certificadas, para dejar constancia de la reclamación previa a la posible via judicial. Nuestro expediente incluye entre otros, los servicios que te indicamos a continuación:
Todo ello, con gestión profesional y contacto directo con tu agente de cobro, cada vez que lo necesites.
HONORARIOS: Como has podido leer anteriormente, el coste de tramitación cubre solamente los gastos administrativos de la gestión de cobro. Ahora bien, nuestros honorarios no estan incluidos y van ligados al éxito de nuestra gestión y al importe final que percibas, o al beneficio que te proporcionemos a través de nuestras gestiones, tanto en vía amistosa como judicial y se aplicarán según corresponda al importe de la deuda recuperada, conforme te indicamos:
IMPORTE RECUPERADO |
PORCENTAJE |
0,00 € hasta 30.000 € |
20% |
30.001 € a 100.000 € |
15% |
100.001€ a 300.000 €
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10% |
Más de 300.000 € |
A negociar |
*Ejemplo. Para una deuda de 47.500€, se facturaría el 20% para los primeros 30.000 € recuperados y el 15% para los 17.500€ restantes.
*IMPORTANTE:
La ley 03/2004 de medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, modificada por la ley 15/2010 y Decreto ley 4/2013, permite repercutir contra el deudor, los gastos soportados durante la gestión de cobro.
Finalizada la gestión de cobro, certificaremos a petición del cliente, la intervención de nuestra firma en la gestión de cobro y los gastos devengados, para su posterior reclamación al deudor.
TERCERA. Una vez pongas en marcha la gestión de cobro, debes tener claro, que no conviene realizar por tu parte gestión alguna sobre el expediente, ni mantener negociaciones con el deudor, aún así, si este contactase contigo para abonar la cantidad reclamada, deberás ponerlo en conocimiento de Servicobro en el plazo de 72 HORAS para que paralicemos el expediente, debiendo abonar posteriormente, los honorarios pactados en la cláusula anterior.
La paralización y/o retirada de un expediente cuya gestión de cobro ya esté iniciada, conllevará el abono por parte del cliente, de los honorarios indicados anteriormente.
CUARTA. En el caso de que desees aceptar el pago de la deuda mediante bienes (sí, aunque no te lo creas, también cobramos con bienes), el importe de nuestros honorarios, se aplicará al valor real de los bienes una vez efectuada tasación de los mismos.
QUINTA. La duración de este contrato se establece por un periodo de 12 meses, renovándose automáticamente en caso de no mediar aviso por ninguna de las partes, o en el caso de existir acuerdo de pago en vigor con el deudor. No te preocupes, es solo una formalidad, por ley, todos los contratos tienen que tener una duración, pero si decides dejar de trabajar con nosotros antes, no hay problema (aunque esperamos que eso no ocurra, hasta que recuperes tu dinero).
SEXTA. Cuando se recupere tu deuda, se emitirá cheque o transferencia bancaria a tu favor, acompañado de nuestra factura de honorarios.
SEPTIMA.En Servicobro, nos comprometemos a gestionar de forma amistosa el asunto que nos entregues y agotada la vía amistosa sin obtener resultado favorable, te consultaremos por si quieres iniciar la vía judicial.
OCTAVA. Te hacemos constar, que siempre que haya que legalizar documentos, inscribir embargos, liquidar impuestos, etc... los gastos que ello conlleve, deberás adelantarlos tú, y luego los mismos, se incluirán dentro del apartado de costas judiciales, que deberá abonar el deudor.
NOVENA. Tal como habíamos comentado antes, puedes poner fin al contrato cuando quieras, lo único que debes tener claro, es que ello conllevará el pago de los honorarios que hasta esa fecha nos puedas adeudar en relación a cobros realizados por tu parte, o porque exista un acuerdo de pago en vigor con el deudor y del que te vayas a encargar tú en adelante.
Las partes nos manifestamos conformes con las condiciones generales de contratación, en virtud de la ley *34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
Zaragoza, junio de 2.023
Eso es todo, así de sencillo es trabajar con Servicobro.
Te damos la bienvenida y esperamos quedes satisfecho/a con nuestros servicios. Añadenos a tu WhatsApp o Telegram y tennos siempre a mano para cuando nos necesites, 665 04 34 90.
Ahora solo falta que nos mandes cuando te venga bien, la documentación de la deuda por correo electrónico a info@servicobro.com.
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